Atención⚡⚡Puedes Reclamar tus Gastos Hipotecarios
Tenemos la posibilidad de reclamar los gastos de formalización de las hipotecas anteriores a junio de 2.019 sólo para aquellas personas que no quieran que el banco se queden con más de 1.000-1.500 euros que la ley les reconoce. Si no quieres recuperarlos no pasa nada. No hace falta que sigas leyendo. Gracias por llegar hasta aquí. Si crees que puede interesarte y has llegado aquí buscando esta información, lee hasta el final.
Lo primero que quiero que seamos conscientes es de que, según estás leyendo esto, el banco está prestando un dinero que te corresponde por ley, y ganando dinero.
¿Qué gastos se pueden reclamar de una Hipoteca?
100% Registro de la Propiedad, 100% de la gestoría, 100% de la tasación, 50 % de la notaría, y también del interés legal aplicado desde la fecha de pago de la firma. Sólo de intereses, estamos hablando de media de un 3,5% anual.
Hay hipotecas de hace 20 años. Multipliquemos:
20 años * 3,5% de interés: un 70% de lo reclamado, además, en intereses.
El coste del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados será asumido por la entidad financiera si la firma de la hipoteca es posterior al 10 de noviembre de 2018; antes de esa fecha, corresponde al consumidor o consumidora.
¿Y en qué se traduce?: para una hipoteca media de 100.000 euros firmada hace unos 10 años, se podrán reclamar hasta 1.500-1.600 euros.
-Más tiempo: Más intereses.
-Más capital: más cuantía a reclamar.
Para la reclamación extrajudicial de los gastos de hipoteca, NECESITO:
- DNI de los titulares escaneado por ambas caras.
- Escritura de hipoteca ó de compraventa con subrogación/novación, escaneada.
- Facturas de todos los gastos:
- Notaría, Registro, Gestoría y Tasación (si la hay).
Toda esta documentación, una vez recopilada, se podrá enviar escaneada en uno ó varios archivos PDF al correo electrónico de nuestro compañero especialista. Necesito que se vea bien.
FRANCISCO JAVIER VALVERDE LÓPEZ-CAÑETE
franciscovalverde@santacruzabogados.com
(También puedes ponerte en contacto en el formulario de contacto.)
-Los honorarios de abogado vigentes hasta el 29 de febrero de 2.024 a las 23.59h, por la reclamación extrajudicial son los siguientes:
A partir de 180 €, que variará en función de los importes a reclamar y de los intereses que resulten.
Después, subirá a un mínimo de 220 € y no lo bajaré.
Os cuento debidamente y por último, un poco por encima la parte técnica y aburrida.
Según la muy reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 25 de enero de 2024, las personas que firmaron su hipoteca antes de junio de 2019, pueden reclamar la devolución de los gastos de constitución, considerados abusivos y nulos por el Tribunal Supremo en 2015, y en principio pueden hacerlo sin plazo. El TJUE aclara que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios se inicia a contar desde que el consumidor tiene conocimiento de que la cláusula es abusiva.
¿Y esto cuándo es? 5 años a partir de que el Juzgado me declare abusiva la cláusula.
¿Pero qué pasa? Que siempre vamos a acumular las acciones en el Juzgado, por un lado la acción de declaración de nulidad absoluta de una condición general de la contratación, y por otro, se acumula la acción de restitución de cantidades en virtud del artículo 1.303 del Código Civil.
DUDAS Y PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA RECLAMACIÓN DE GASTOS HIPOTECARIOS.
AQUÍ TE LAS RESUELVO ??
-¿Cómo lo hacemos?
La reclamación extrajudicial es como una carta, para que lo entiendas.
En este caso Yo, como abogado, la redacto, les reclamo la nulidad de los gastos y los intereses conforme a toda la normativa y fundamentación jurídica vigente y la envío al servicio de atención al cliente de la entidad bancaria correspondiente.
Lo enviamos mediante burofax redactado firmado por abogado y por ti también, para tener constancia de la recepción.
-¿El envío del burofax está incluido?
Está incluido en presupuesto ofrecido.
-¿Y para qué sirve?
Esta reclamación tendrá los efectos que dice el artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) a efectos de costas procesales y ¿qué dice este artículo?
Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiese formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado de pago, o si se hubiera dirigido contra él demanda de conciliación.
-¿Y qué significa?
Significa que si desatienden la reclamación y se plantea una demanda, es altamente probable, por no decir seguro, que en este juicio será altísimamente probable que se produzca una condena en costas al banco, por incumplir la ley.
-¿Y qué son las costas?
Las costas, ó costas procesales, son los honorarios de abogado y procurador de la parte contraria. Normalmente quien pierde el juicio, no solo pierde, sino que encima tendrá que pagar las facturas del abogado y procurador del que gana.
-¿Es seguro?¿El banco va a devolver siempre? NO.
La reclamación se hace conforme a la Ley vigente y a la Jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo y se firma por abogado. No obstante, como pasó con las cláusulas suelo en su momento, el banco siempre podrá incumplir la ley e invitaros a ir al Juzgado y esto no dependerá nunca de nuestro trabajo. La presión la hacemos debidamente, pero si ejerciéramos más coacción de la que se nos permite, podríamos tener problemas. El banco puede arreglar por las buenas ó por las malas. Pero las cláusulas son nulas.
-¿Qué pasa si no contestan ó nos desestiman la reclamación?
Lo normal es que respondan y por nuestra experiencia hasta la fecha, lo normal es que estimen total ó parcialmente (se dejan fuera a veces los intereses), que siempre se pueden reclamar en el Juzgado.
En caso de que el banco actúe contra la ley y desestime total ó parcialmente la reclamación por cualquier motivo, si el cliente quiera presentar demanda al banco, el 50% del pago realizado por la reclamación extrajudicial, formará parte del presupuesto para juicio.
Gracias por leer hasta aquí.
Recapitulamos:
1) Recopila documentación y mándala a:
FRANCISCO JAVIER VALVERDE LÓPEZ-CAÑETE
franciscovalverde@santacruzabogados.com
(También puedes ponerte en contacto en el formulario de contacto.)
2) Haz el pago: Los honorarios de abogado vigentes sólo hasta el 29 de febrero de 2.024 a las 23.59h, por la reclamación extrajudicial son los siguientes:
A partir de 180 €, que variará en función de los importes a reclamar y de los intereses que resulten.
Después, subirá a un mínimo de 220 € y no lo bajaré.
3) A esperar para firmar la reclamación y dejarla mandada al banco.
4) A esperar a que el banco conteste.
5) Si me resuelven positivamente, bien, si no, pues decido si quiero ó no reclamar en el Juzgado.
Francisco Javier Valverde López-Cañete.